En procedimiento judicial tramitado en nuestro despacho se condenó a la compañía telefónica Orange a indemnizar a una persona por inclusión indebida en un registro de morosos.
Concretamente, la identidad del demandante fue suplantada para contratar un servicio de telefonía con Orange, por lo que la compañía facturó dicho servicio a quien realmente no lo había contratado.
A pesar de que el perjudicado por la suplantación denunció el hecho a Orange, el operador hizo caso omiso e inscribió sus datos en un registro de morosos.
Finalmente se condena a Orange a indemnizar al perjudicado en 4.500 Euros, por una intromisión ilegítima en su derecho al honor, ya que no se trataba de una deuda cierta y exigible, considerando la Sentencia que el escaso tiempo en el que el demandante estuvo inscrito en el registro de morosos (y por tanto la escasa difusión de sus datos) es determinante para moderar la indemnización.
Puedes descargar la Sentencia aquí.