La Sentencia de la Audiencia Provincial de Albacete, que es firme, declara la nulidad de la cláusula suelo y del posterior acuerdo de novación firmado por el cliente, por lo que se reduce significativamente su cuota hipotecaria y se le devuelven 22.000 Euros.

Explicación de la STS 1763/22 de 4 mayo sobre tarjetas revolving por Vicente López, letrado recurrente t.co/BsKL7qeEGv
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