Archivo de la categoría: Derecho Civil

BANCO POPULAR CONDENADO A DEVOLVER TODOS LOS GASTOS HIPOTECARIOS

Reclamación gastos hipotecaEn procedimiento judicial tramitado en este despacho en colaboración con ADS Abogados, el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Colmenar Viejo ha condenado al Banco Popular a devolver la totalidad de los gastos hipotecarios reclamados.

El Magistrado José María Ortiz Aguirre, en una Sentencia de 17 páginas de una minuciosa e impecable motivación, estima íntegramente la demanda y condena a la entidad a devolver los gastos de formalización de una hipoteca suscrita en el año 2014.

Resultan destacables, por su importancia, tres aspectos de esta Sentencia:

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EL JUEZ EXIME DEL PAGO DE UN CURSO A DISTANCIA POR ERROR EN EL CONSENTIMIENTO

reclamación curso a distancia

De todos es conocida la voracidad de algunos agentes comerciales a la hora de intentar vender sus productos o servicios, lo que muchas veces da lugar a una falta de información al consumidor (intencionada o no).

En este caso, el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Villarrobledo desestima íntegramente la demanda interpuesta por la empresa comercializadora de un curso a distancia, que reclamaba la cantidad impagada por el alumno.

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CONDENA AL BANCO A PAGAR LAS COSTAS POR SU MALA FE

demanda cláusula sueloSe ha visto de casi todo en el tema de las cláusulas suelo, pero lo que menos hubiera imaginado es que la entidad bancaria se la jugara de esta forma.

Tras no haber rastro de la existencia de la cláusula suelo en la oferta de préstamo hipotecario (oferta vinculante, más o menos), el banco aporta un documento en el que consta en letra manuscrita el límite mínimo y máximo aplicable al préstamo. Eso si, con un tipo de letra totalmente distinto al resto de documento (que también es manuscrito y firmado por el cliente) que el Juez interpreta como un intento de “colársela”.

Tras declarar la nulidad de la cláusula y devolución de cantidades, no impone las costas al banco por el principio del vencimiento, sino por la mala fe:

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¿Puedo reclamar los gastos hipotecarios si no tengo las facturas?

gastos hipotecaEs la pregunta del millón.

Y es una situación bastante habitual puesto que, bien no nos dieron esas facturas de los gastos hipotecarios en su día, bien las  hemos perdido, tras varios años desde la firma de la hipoteca.

La cuestión es que, en puridad, no pueden obligarnos a tener esos justificantes del gasto, sobre todo más allá de los 4 años de prescripción en materia tributaria. Y sería injusto que por no haber conservado esas facturas después de tanto tiempo, no tuviéramos derecho a reclamar sus importes.

La respuesta es SÍ, se puede reclamar aún sin tener esas facturas y hay varias fórmulas para hacerlo:

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Nueva charla informativa sobre devolución de gastos hipotecarios en la radio

Devolución gastos hipoteca
Devolución gastos hipoteca

Tras la buena acogida que tuvo la anterior entrevista sobre cláusulas suelo, el próximo viernes 3 de febrero de 2017 ofreceré una nueva entrevista informativa en la cadena LOCACTIVA RADIO, en esta ocasión sobre la devolución de los gastos abonados en la formalización de préstamos hipotecarios.

El programa comenzará a las 11 de la mañana y podrá escucharse tanto a través de radio convencional (105.0-102.9 FM) como a través de internet en su página web (http://www.locactivaradio.es/).

Puedes escuchar o descargar el programa aquí:

PRIMERA SENTENCIA CON DEVOLUCIÓN TOTAL POR APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA SUELO

Devolución total cláusula suelo
Cláusula suelo Tribunal de Justicia Europeo

Mientras los políticos no se ponen de acuerdo en cómo beneficiar más a los bancos que a los clientes para que recuperen la totalidad del dinero pagado de más por aplicación de la cláusula suelo, nuestro despacho de abogados, en colaboración con la firma ADS Abogados, ya ha conseguido una devolución íntegra de lo pagado de más, a escasos días de la famosa Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo.

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¿POR QUÉ DEBE EL BANCO DEVOLVERME LOS GASTOS DE MI HIPOTECA?

devolución gastos hipotecaSe está hablando últimamente mucho sobre este tema, el de la devolución por parte de la entidad bancaria de los gastos soportados en la constitución de un préstamo hipotecario.

Pero lo cierto es que la Sentencia que “rompe el huevo” en esta cuestión es de diciembre del año 2015; entonces, ¿por qué ahora tanta repercusión?

La respuesta es sencilla, el Tribunal Supremo declaró en el mes de diciembre del año pasado que determinadas cláusulas contenidas en contratos de préstamo hipotecario eran abusivas y, entre ellas, la que impone los gastos al prestatario.

Pero, como ocurre casi siempre, para conseguir esa devolución hay que demandar, y los procedimientos judiciales tienen sus tiempos, sus plazos; no se resuelven de un día para otro. En definitiva, las primeras demandas, interpuestas a principio del presente año 2016, han empezado a resolverse en el último trimestre y ya es bien conocida la viabilidad de dichas reclamaciones.

 ¿CUAL ES EL PLAZO PARA RECLAMAR LOS GASTOS DE MI HIIPOTECA?

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CLÁUSULAS SUELO: SI EL BANCO TE LLAMA, EL BANCO TE ENGAÑA.

eliminar cláusula suelo gratisAunque pudiera parecer exagerado, si nos ceñimos al ámbito de las cláusulas suelo, lamentablemente es así.

Es una premisa de este letrado, si el banco te llama es porque le interesa a él, no al consumidor. E, insisto, en lo que respecta a las cláusulas suelo, el interés se convierte en engaño.

Es una pregunta muy recurrente en nuestro despacho:  ¿PUEDO DEMANDAR SI YA HE FIRMADO UN ACUERDO CON EL BANCO?

Para tranquilidad del cliente la respuesta es “SI”. Lo entrecomillo porque aunque casi siempre va a ser que si, el derecho, las leyes, no son matemáticas. En derecho dos más dos no son siempre cuatro.

Pero centrándonos en la cuestión, ¿cuáles son esos acuerdos que ofrece el banco cuando tenemos una cláusula suelo?

Los hay de dos tipos:

  • Si eres un poco afortunado, eliminarán tu cláusula suelo, por lo que, en lo sucesivo, pagarás un interés equivalente al índice de referencia más el diferencial de tu escritura, sin suelo.
  • Si eres menos afortunado, eliminarán tu cláusula suelo, pero a cambio tendrás un interés fijo, por lo que realmente estás teniendo otro “suelo”.

Eso si, en ambos casos la entidad bancaria te halagará al máximo, te llamará porque eres un buen cliente, porque has sido elegido; prácticamente te dirán que te ha tocado la lotería.

Pero, lógicamente, en ambos tipos de acuerdo el banco no devuelve un solo céntimo de lo que has pagado de más durante el tiempo de aplicación de la cláusula suelo.

Veamos un acuerdo tipo:

eliminación cláusula suelo

 

¿Te has fijado en que el tipo de letra donde pone la nueva cuota que vas a pagar (un poquito más baja que la anterior) es más grande que el resto? El banco no es tonto y utiliza sus técnicas de marketing para captar tu atención. Sólo le interesa que te quedes con eso, que vas a pagar un poco menos.

Pero no te informan de otras cuestiones, importantísimas:

  • De que el Tribunal Supremo ha declarado dichas cláusulas como abusivas (cuando se dan determinados parámetros).
  • De que puedes acudir a los tribunales para solicitar una declaración de nulidad de dicha cláusula.
  • Que lo anterior comportaría no solo la eliminación de la cláusula, sino también la devolución de lo que has pagado de más durante el tiempo de aplicación de esa cláusula (esto puede variar, dependiendo de varios factores, entre los 2.000 y los 10.000 Euros).

Y, finalmente, incluyen en esos acuerdos con el cliente la estipulación estrella:

quitar cláusula suelo

Es decir, que nos comprometemos a no demandar y a quitar la demanda si ya estuviera presentada.

Entonces, ¿podemos demandar si hemos firmado algo así?

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Condenada una residencia de ancianos a indemnizar en más de 90.000 Euros

Indemnización fallecimiento residenciaEl Juzgado de primera Instancia número 2 de Villarrobledo ha dictado una reciente Sentencia, en un procedimiento tramitado por este despacho, por la que se condena a una residencia de ancianos de la provincia de Albacete y a su compañía aseguradora a indemnizar a la viuda e hija de un residente fallecido, en más de 90.000 Euros.

El fallecimiento se produjo al atragantarse el anciano con un puñado de galletas, de origen externo, que tragó masivamente debido a sus problemas mentales y de deglución.

La Sentencia, en sus fundamentos jurídicos,  expone  los motivos por lo que entiende probada la denominada “culpa in vigilando” de la residencia:

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Indemnización de 10.000 Euros por inclusión en listas de morosos

Indemnización por listas de morososEl pasado 19 de mayo de 2016 se dictó Sentencia en un procedimiento judicial tramitado en nuestro despacho, por el que se condena a una empresa a abonar 10.000 en concepto de indemnización a un empresario, por haberle incluido en las listas de morosos.

La Sentencia declara haber una intromisión ilegímita en el derecho al honor del demandante, al haber incorporado el demandado sus datos en las listas de morosos Asnef y Badexcug, de forma indebida, concretamente sin haberle comunicado la existencia de una deuda ni haberle informado de la posibilidad de incluirle en las citadas listas de morosos.

Además de la indemnización se ordena lógicamente la eliminación de los datos del demandante en las listas de morosos.

El fundamento que sive de base a la Sentencia para su pronunciamiento condenatorio es el siguiente:

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